«La mayoría de los Códigos Civiles de las entidades federativas, regulan la figura jurídica del concubinato como la unión de un hombre y una mujer, libres de matrimonio, que durante dos años hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio entre sí, siempre que no tengan impedimentos legales para contraerlo. Es oportuno mencionar que los derechos y obligaciones que nacen de la figura jurídica del concubinato cada vez son más similares a las del matrimonio, sin embargo, siguen existiendo supuestos de hecho que no han sido regulados por la ley, ocasionando que los jueces al resolver una contienda, juzguen en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes.
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